Permiso B

Permiso B

Autoriza a conducir:

  • Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3500 kg y construidos para el trasporte de no más de ocho plazas a demás del conductor.
  • Podrá arrastrar un remolque hasta 750 kg de masa máxima.
  • También podrá arrastrar un remolque de más de 750 kg, siempre que la masa máxima del conjunto no sobrepase los 3500 kg.
  • Triciclos y cuadriciclos de motor (para poder conducirlos, cuando la potencia excede de 15 Kw (20,4 caballos), será necesario tener 21 años.)
  • Ciclomotores y vehículos para personas de movilidad reducida.
  • Cualquier vehículo especial y conjunto de los mismos: agrícola o no agrícola, cuando su masa máxima autorizada no exceda de 3500 Kg y su velocidad no supere los 40 km/h.
  • No autoriza a conducir motocicletas (Pero, cuando se esté en posesión del permiso B con una antigüedad de más de tres años podrán conducir por el territorio español motocicletas hasta 125 cc. Que sea necesario el permiso de la clase A1)
  • Edad mínima: 18 años.